El 8 de agosto de 1945, es anunciado al mundo el surgimiento de una norma jurídica que regiría el que hasta ahora se conoce como el juicio más importante en materia de crímenes contra la humanidad; es así como queda establecido el llamado “Estatuto del Tribunal Militar Internacional” (IMT) por sus siglas en ingles.
El preámbulo de dicho Estatuto es
sumamente interesante, pues crea el marco de cómo funcionará incluso el
Tribunal, dice así:
“Considerando las
declaraciones realizadas en su momento por las Naciones Unidas en relación con
su intención de que los criminales de guerra sean conducidos ante la justicia;
considerando que en la Declaración de Moscú de 30 de octubre de 1943 sobre las
atrocidades cometidas por los alemanes en la Europa ocupada se hacía constar
que aquellos funcionarios alemanes y los hombres y miembros del partido Nazi
que hayan sido responsables de crímenes y atrocidades o hayan participado en
los mismos con su consentimiento serán devueltos a los países en los que
cometieron sus abominables actos para que puedan ser juzgados y condenados con
arreglo a las leyes de esos países liberados y de los gobiernos libres que se
crearán en dichos países.
Considerando que se hizo
constar que la citada declaración se hacía sin perjuicio de que pudiera haber
casos de destacados criminales cuyos delitos no tengan una ubicación geográfica
determinada y que sean castigados por decisión conjunta de los gobiernos
aliados; POR CONSIGUIENTE, el Gobierno de los Estados Unidos de América, el
Gobierno Provisional de la República Francesa, el Gobierno del Reino Unido de
Gran Bretaña e Irlanda del Norte y el Gobierno de la Unión de Repúblicas
Socialistas Soviéticas (de aquí en adelante "los signatarios"),
actuando en defensa de los intereses de todas las Naciones Unidas y a través de
sus representantes, debidamente autorizados a tal efecto, han concluido el
presente acuerdo y dictan el presente Estatuto”.
En tal
sentido, luego de establecido el estatuto, el Tribunal Militar Internacional
(IMC) entro en funciones y estuvo compuesto por jueces de Estados Unidos, Gran
Bretaña, Francia y la Unión Soviética, todo esto en el marco del proceso
judicial iniciado al finalizar la guerra; las principales autoridades nazis
serian acusadas entonces y llevadas a juicio en la ciudad de Núremberg,
Alemania, de acuerdo con el Artículo 6 del Estatuto del IMC por los siguientes
crímenes: (1) Conspiración para cometer los cargos 2, 3 y 4, que se enumeran
aquí; (2) crímenes contra la paz, definidos como la participación en la
planificación y la realización de una guerra de agresión violando numerosos
tratados internacionales; (3) crímenes de guerra, definidos como violaciones de
las reglas de la guerra acordadas internacionalmente; y (4) crímenes contra la humanidad; "a
saber, asesinato, exterminio, esclavitud, deportación y otros actos inhumanos
cometidos contra cualquier población civil, antes o durante la guerra; o persecución por razones políticas,
raciales o religiosas en ejecución de o en conexión con cualquier crimen dentro
de la jurisdicción del Tribunal, ya sea que violen o no las leyes nacionales
del país donde son perpetrados"; la demarcación en negrilla efectuada por
mí, tiene la intención de que ustedes mis lectores se ubiquen en nuestro
presente, en la Venezuela ultrajada y maltratada por el régimen Chavista.
Vale la pena recordar, que la autoridad más alta de los
nazis, la persona con mayor culpabilidad por el terrible Holocausto, nunca fue
juzgado y no estuvo en los juicios; recordemos que Adolfo Hitler ya para ese
momento se había suicidado, hecho ocurrido durante los últimos días de la
guerra, al igual que lo hicieron varios de sus asistentes más cercanos, muchos
otros criminales nunca fueron a juicio, algunos huyeron de Alemania al
extranjero, varios cientos llegaron a Estados Unidos y a lugares tan distantes
como la Argentina.
Luego de innumerables sesiones, finalmente el 1 de octubre de
1946, el Tribunal Militar Internacional (IMC) anuncio los veredictos, es así
como impone la sentencia de muerte a 12 acusados, éstos fueron: (Hermann
Goering, Joachim von Ribbentrop, Wilhelm Keitel, Ernst Kaltenbrunner,
Alfred Rosenberg, Hans Frank, Wilhelm Frick, Julius Streicher,
Fritz Sauckel, Alfred Jodl, Arthur SeyssInquart y Bormann); tres
prisioneros fueron sentenciados a cadena
perpetua (Rudolf Hess, el ministro de economía Walther Funk y Raeder).
Cuatro recibieron sentencias que iban desde los 10 a los
20 años (Doenitz, Schirach, Speer y Neurath), por su parte el tribunal
absuelve a tres de los acusados: Hjalmar Schacht, Franz von Papen (político
alemán que desempeñó un papel importante en la designación de Hitler como
canciller) y Hans Fritzsche (jefe de prensa y radio).
Las sentencias de muerte de la mayoría, fue llevada a cabo el
16 de octubre de 1946, con dos excepciones: Goering quién se suicidó poco antes
de la fecha de su ejecución y Bormann que simplemente desapareció. Los otros
10 acusados fueron ahorcados, sus cuerpos cremados y las cenizas
depositadas en el río Iser y finalmente los siete principales criminales de
guerra sentenciados a reclusión son enviados a la prisión de Spandau en Berlín
a cumplir sus condenas.
Pues bien, luego de haber repasado algo de historia, el
enfoque lo traemos a nuestra realidad; resulta que, al régimen bolivariano,
soberano y antimperialista de Venezuela, el planeta se le está poniendo cada
vez más pequeño y ya la comunidad democrática internacional está con el ojo
bien puesto respecto a todo lo que aquí ocurre diariamente, se ha vuelto
inocultable.
Justamente en el marco de cualquier reunión anual sea
de la Asamblea General de
la Organización de Estados Americanos (OEA) o incluso de la propia ONU, la gran
mayoría de los líderes que participan, piden a los países participantes que
aprovechen la ocasión para suspender a Venezuela de dichos organismos, mediante
la aprobación de una contundentes resoluciones, lo que implica generalmente que el país deja de participar en todas las
actividades, así como en los programas de cada uno de esos organismos.
Veamos un ejemplo directo, la Asamblea General es el órgano supremo
de la OEA y en ella las delegaciones de los países integrantes deciden la acción
y la política del organismo, se determina la estructura y las funciones de sus
órganos y se somete a consideración cualquier asunto de especial importancia en
el continente; créanme el caso Venezuela sin duda es un asunto de particular
importancia en estos momentos para toda la región y lo será hasta que salgamos
de la situación actual.
Paralelamente
a éste tipo de acciones que también se repiten en Europa por cierto, ya es
público el informe de un grupo de expertos designado por el secretario general
de la OEA, Luis Almagro, el cual concluyó que el Gobierno de Nicolás
Maduro y muchos de su entorno han cometido delitos de lesa humanidad, y por
tanto, existe base legal para denunciarlo ante la Corte Penal Internacional
(CPI) como ya se ha hecho; por consiguiente el asunto a los personeros del alto
gobierno de la República Bolivariana de Venezuela se les pone muy feo, sin
lugar a dudas en algún momento tendrán que rendir cuentas ante la justicia y
eso mis queridos amigos será histórico.
Para los que conocen perfectamente lo que significa la
expresión “Cadena de Mando”, les será más fácil entender que cuando se precisen
responsabilidades no valdrá nada de lo que algunos piensan que los podrá
salvar, los avances tecnológicos han permitido conservar la memoria de las
acciones de todos esos criminales; sus protagonistas y colaboradores, también
de las víctimas, por lo que aquí sólo
cabe decirles a todos los criminales que colaboran directa o indirectamente con
el régimen, bienvenidos al siglo XXI que tanto les gusta nombrar,
lamentablemente ya no les valdrá el mentir en su defensa, como otrora otros lo
hicieron; el “yo no fui”, “yo no participé”, “yo no di la orden”, “a mí me lo
ordenaron y yo sólo cumplí” no tendrá ningún valor a la hora de la verdad.
Aunque muchos lo duden, créanlo o no definitivamente habrá un
Juicio, por supuesto no será en Núremberg en la alejada Alemania, quizás sea en
algún sitio del Caribe más cerca de nosotros y de los acontecimientos.
De pronto pudiera ser en la hermosa ciudad de Santa Marta en
la hermana Colombia y por qué no, en la Quinta San Pedro de Alejandrino, en la
sala principal; para quienes hemos ido, sabemos que se encuentra muy cerca de
la alcoba, el sagrado recinto donde murió el Padre de la Patria Simón Bolívar,
el 17 de diciembre de 1830 a la una de la tarde, pues en ése lugar, justo al
lado en el cual aún se conserva la cama (catre de campaña) donde murió El
Libertador; se podría constituir el futuro Tribunal, la vergüenza si es que los
culpables la tienen, no la podrán ocultar, luego de haber explotado tantas
veces el nombre de Simón Bolívar para sus bajas y terribles acciones; de ésta
manera tendremos nuestro Núremberg, pero un Núremberg Tropical, en el cual se
ventilarán todos los crímenes uno por uno y al final todos tendremos justicia,
porque es lo justo, así de simple y sencillo.
Reinaldo J. Aguilera R.
@raguilera68/@AnalisisPE
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